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GARANTÍAS
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GARANTÍAS
Le mostramos a continuación un listado de todas las garantías que se pueden contratar al asegurar su embarcación. Al pinchar en cada una de ellas encontrará una explicación sobre la cobertura correspondiente y para qué sirve. La única cobertura que es necesaria contratar en todos los casos es la cobertura de responsabilidad civil obligatoria.
Responsabilidad civil obligatoria
Se cubren los daños materiales y personales causados involuntariamente a terceros y daños causados a puertos e instalaciones marítimas, como consecuencia de colisión, abordaje y, en general, por los demás hechos derivados del uso de la embarcación asegurada o por los objetos o esquiadores que ésta remoque en el mar, que se pudieran ocasionar por el asegurado y embarcación indicados en las condiciones del seguro.
Responsabilidad civil voluntaria
Se cubre la responsabilidad del asegurado por los daños personales y materiales a terceros en exceso de 300.000 euros que es el seguro obligatorio. Es una cantidad adicional cuyo importe y cuyo coste de prima de seguro puede ser distinto con cada compañía de seguros.
Asistencia jurídica
Cuando ocurre un siniestro por daños a terceros que está cubierto por la póliza y el asegurado recibe una reclamación que da lugar a un procedimiento judicial, se cubren los gastos de abogados y procuradores que le defiendan, tanto si la reclamación del perjudicado o perjudicados es fundada o infundada.
Reclamación de daños
La Entidad Aseguradora realizará la reclamación en su nombre de los daños sufridos por usted, los ocupantes o la propia embarcación asegurada por vía amistosa, arbitraje o incluso por vía judicial.
Remoción de restos
Cuando proceda la indemnización, el Asegurador tomará a su cargo los gastos resultantes de la remoción de restos de la embarcación siempre que dicha remoción haya sido ordenada por la Autoridad competente.
Solo pérdida total
Queda cubierta la pérdida total, real o constructiva, de la embarcación asegurada producida por naufragio, incendio, explosión del motor, caída del rayo, contactos y choques con objetos fijos y flotantes, abordaje, varada, embarrancada o toque de fondos, golpe de mar a causa de temporal y actos vandálicos o malintencionados. La pérdida total constructiva tiene lugar cuando la reparación de los daños sufridos por un siniestro cubierto por la póliza es muy elevada y llega al 75% del valor de mercado de la embarcación en el estado en que se encontraba justo antes del siniestro. Aunque los daños no lleguen al 100% del valor de mercado de la embarcación, se considera que ha tenido lugar una pérdida total.
Robo
Se cubren las pérdidas o daños ocasionados como consecuencia de robo o intento de robo de la embarcación completa o de los accesorios que constituyan partes fijas de la misma. También el robo de motores fuera borda siempre y cuando, además de estar unidos a la embarcación por el normal sistema de trincado o anclaje, cuenten con un dispositivo antirrobo adicional.
Daños propios
Se cubren los daños propios que pueda sufrir la embarcación asegurada durante la navegación derivados de naufragio, incendio, explosión del motor, caída del rayo, contactos y choques con objetos fijos y flotantes, abordaje, varada, embarrancada o toque de fondos, golpe de mar a causa de temporal y actos vandálicos o malintencionados.
Actos socio-políticos
Se garantizan la pérdida de o daños a la embarcación asegurada causados por actos de terrorismo o de personas que actúen por motivos políticos, actos de sabotaje, huelguistas o personas que tomen parte en disturbios laborales, motines o revueltas civiles
Accidentes de los ocupantes
Se cubre las indemnizaciones por muerte o invalidez permanente por cualquier accidente personal durante la navegación, embarque o desembarque de usted o de cualquier ocupante que viaje en la embarcación asegurada.
Efectos personales
Se cubre la pérdida, los daños y/o la desaparición de los efectos personales hasta el límite fijado. Se considerarán efectos personales: equipos musicales y televisión, vídeo y fotografía; ropa y objetos personales; aparejos y equipos de pesca y submarinismo.
Asistencia náutica - Gastos de remolque
Cubre el reembolso de los gastos incurridos por el remolque de la embarcación hasta el puerto más próximo en caso de avería, accidente de mar o cualquier otro motivo debidamente justificado que tenga lugar en el transcurso de la navegación.
Asistencia en tierra
Se prestarán los servicios de repatriación por enfermedad y fallecimiento, avería o accidente de la embarcación y prestaciones sanitarias necesarias cuando el asegurado se halle fuera de su lugar de residencia.
Participación en regatas
Se cubren los daños producidos por la embarcación asegurada con ocasión de su participación en regatas, pruebas, competiciones de todo tipo y sus entrenamientos.
Institute Yacht Clauses
En castellano Cláusulas del Instituto para Yates es el modelo de condiciones inglesas de cobertura de seguro para yates en condiciones todo riesgo. La característica principal es que se cubre cualquier daño a la embarcación como resultado de los riesgos de la navegación, salvo que el daño se derive de un hecho expresamente excluido.
Institute War and Strikes Yacht
Cobertura adicional de los Riesgos de Guerra y Huelgas que están expresamente excluidos en las Cláusulas del Instituto para Yates.
Institute Machinery Damage
(Machinery Damage Extension Clause) Se considera que los daños al motor y máquinas de forma separada no es un riego derivado de la navegación y por tanto hay que cubrirlo adicionalmente.

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